Les comunicamos que está abierto el plazo para de la convocatoria de Ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo 2024/2025 así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones la propia convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, se abre un plazo de presentación de solicitudes que abarca desde el día 30/04/2024 hasta el día 13/09/2024 inclusive.
Las solicitudes deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas.html o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a “Trámites y Servicios”.
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato pdf (escaneado) la documentación que le sea requerida por la propia aplicación.
En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y las de los demás miembros computables de la familia en el centro docente donde el alumno se encuentre matriculado.
https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/ayudas-apoyo-educativo/como-solicitarla.html: Ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativoMAYORES NOVEDADES:
- Se ha disminuido al 25% el grado mínimo de discapacidad requerido para poder ser beneficiario de la ayuda. Dado que la tarjeta de discapacidad no se concede si no se supera el 33%, estamos pendientes de que por parte del Ministerio nos aclaren una serie de dudas al respecto; en cuanto nos contesten, se remitirán las aclaraciones necesarias.
- Ya existente desde el curso 2023/2024: concesión de un subsidio de cuantía fija (400€) para gastos adicionales de carácter general para el que no se tendrá en cuenta el límite de renta establecido en la convocatoria. No obstante, el alumno deberá obligatoriamente estar incluido en alguno de los colectivos que permite acceder a esta convocatoria (discapacidad, trastorno grave de conducta, de la comunicación y del lenguaje, trastorno del espectro autista y altas capacidades).